Subvenciones en el ámbito del comercio, servicios y moda del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña
Programa de apoyo a la apertura de comercios y apoyo a la reforma y mejora de establecimientos
¿Quién
puede solicitarlo?
Profesionales autónomos que estén inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), empresas propietarias de comercios y servicios, ubicadas a pie de calle y puestos en mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
Quedan excluidas las fundaciones, entidades territoriales sin ánimo de lucro y gremios y entidades sectoriales.
A los efectos de la presente convocatoria, se entiende
por empresas de servicios aquellas que prestan las actividades empresariales
que se relacionan a continuación:
· Talleres mecánicos.
· Servicios fotográficos.
· Copisterías y artes gráficas.
· Servicios de reparación.
· Agencias de viajes minoristas.
· Tintorerías y lavanderías.
· Peluquería y salones de belleza.
· Bares y restaurantes.
· Comida preparada y servicios de catering.
· Servicios de alquiler de esquís
A los efectos de las presentes bases reguladoras, se entiende por sociedades mercantiles aquellas que presten actividades comerciales al por menor, quedando expresamente excluidos los fabricantes y mayoristas que no realicen actividades comerciales al por menor.
¿Cuál es el monto de la subvención?
Hasta el 50% de los costes subvencionados con un máximo de 5.000 euros.
Si cumpliré con los requisitos, ¿cómo puedo procesarlo?
Las solicitudes deberán presentarse según el formulario normalizado a disposición de las personas interesadas en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya(http://canalempresa.gencat.cat), en la página web del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (http://ccam.gencat.cat) o en la página web del Departamento de Empresa y Conocimiento (http://empresa.gencat.cat/ca/inici/).
Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos, acompañadas de la documentación prevista en los presentes términos y condiciones, en su caso, a través del Canal de Negocio(http://canalempresa.gencat.cat).
¿Cuál es la fecha límite?
El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación y anexos, comienza a las 9:00 horas del 5 de octubre de 2021 y hasta el agotamiento del presupuesto asignado a este programa con el límite máximo del 31 de diciembre de 2021.
Más información:
Conocatoria: Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (gencat.cat)
Promotor: Consorici de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya(Subvenciones 2021 - Comercio y servicios. Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (gencat.cat))
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